Debes realizar la inscripción en el Registro Civil entre las 24 horas y los 8 días siguientes al nacimiento, o hasta los 30 días acreditando causa justificada. Es el primer trámite para dejar constancia del nuevo ciudadano, para el que necesitarás los siguientes documentos:
- Certificado médico con los datos del nacimiento del bebé.
- Libro de familia (estado civil casado y/o con hijos). Si no estáis casados, debéis acudir ambos a efectuar el reconocimiento y solicitar la inscripción personalmente.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF) de los padres.
- Cuestionario facilitado por el centro médico cumplimentado.
Si el bebé ha nacido fuera del lugar de residencia de los progenitores y queréis inscribirlo en dicho lugar, tendréis que realizarlo en el plazo establecido y aportar además los siguientes documentos:
- Certificación acreditativa del domicilio de los padres por medio del DNI o certificado de empadronamiento.
- Certificado de la clínica donde conste que no se ha iniciado la inscripción (deberéis pedirlo de forma conjunta ambos padres).
- Encuesta del Instituto nacional de Estadística (INE) cumplimentada.